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21 de abril de 2006
ESTE LUNES COMIENZA ADIESTRAMIENTO PARA MIEMBROS DE MESA EN NIRGUA Y CARRIZAL
* Estos funcionarios electorales provisionales de esos municipios, seleccionados por el CNE mediante sorteo público y computarizado el 23 de mayo de 2005, y quienes han sido ratificados en sus funciones, contarán con la jornada de capacitación que será ejecutada por las juntas municipales electorales respectivas, desde este lunes hasta el 17 de mayo

Los miembros de mesa que trabajarán en los comicios para elegir alcalde o alcaldesa de los municipios Nirgua (Yaracuy) y Carrizal (Miranda), pautados para el 21 de mayo, deben asistir a los talleres de adiestramiento que ofrecerá el Consejo Nacional Electoral, a partir de este lunes 24 de abril.

Estos funcionarios electorales provisionales de esos municipios, seleccionados por el CNE mediante sorteo público y computarizado el 23 de mayo de 2005, y quienes han sido ratificados en sus funciones, contarán con la jornada de capacitación que será ejecutada por las juntas municipales electorales respectivas, desde este lunes hasta el 17 de mayo.

 

Durante el adiestramiento, se les brindará información en torno a lo establecido en la normativa sobre la materia, aprobada por el directorio del ente comicial el pasado 5 de abril, así como se les dará herramientas para el cumplimiento del artículo 30 la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, en el cual se establece que todos los votantes “tienen el derecho y están obligados a prestar sus servicios en las funciones electorales que se les asignen,(…)”

 

Por su parte, en el artículo 10 de dichas normas señala que esos ciudadanos, “deberán cumplir obligatoriamente con las labores electorales asignadas, salvo que sean exceptuados por el máximo órgano electoral conforme a la normativa aplicable”.

 

Las excepciones contempladas en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (Art. 44) son: “los mayores de 60 años; los que hayan establecido su residencia en el exterior; aquellos que tengan algún impedimento físico o legal que no les permita realizar esta función; quienes, en razón de su profesión u oficio, presten servicios en funciones de emergencia; quienes sean candidatos a cargo de elección popular, y quienes no sepan leer ni escribir”.

 

Las funciones que cumplirán los miembros de mesa en las elecciones del domingo 21 de mayo están establecidas en el artículo 14 de la normativa sobre la instalación y constitución de las mesas de votación entre las que destacan: “revisar las credenciales de los testigos electorales presentes en los actos de instalación, constitución, votación y escrutinio; celebrar los actos de instalación y constitución de la mesa electoral y los actos de votación y escrutinio de las elecciones; firmar las actas correspondientes; explicar a los electores el procedimiento de votación; entregar a los efectivos militares del Plan República el material electoral para su traslado, resguardo y custodia”, entre otras.