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02 de agosto de 2012
Por presuntas violaciones de normas de campañas
CNE aprueba inicio de cuatro averiguaciones administrativas
*Venezolana de Televisión por presunta propaganda por cuenta propia *Correo del Orinoco por uso de la imagen de un candidato sin autorización * A autorizados para contratar publicidad por parte de organizaciones políticas que respaldan al candidato Capriles Radonski, por exceder los límites de tiempo y espacio

El Consejo Nacional Electoral iniciará averiguaciones administrativas contra los medios de comunicación Venezolana de Televisión y Correo del Orinoco por presunta propaganda electoral por cuenta propia, y contra autorizados para contratar la propaganda electoral de organizaciones con fines políticos que respaldan al candidato Henrique Capriles Randonski, por exceder su tiempo de contratación en el canal Televen y de espacio en el diario Últimas Noticias, informó este jueves la vicepresidenta del Poder Electoral, rectora Sandra Oblitas Ruzza.

Explicó que el sistema de monitoreo del Consejo Nacional Electoral detectó un exceso en los tiempos de contratación de publicidad y propaganda del candidato Capriles Radonski con pautas entre 220 y 260 segundos por día, durante más de una semana, en el canal Televen, y más de una página diaria en Últimas Noticias. De acuerdo con la normativa electoral los candidatos pueden contratar hasta 180 segundos (3 minutos) diarios de propaganda, por prestador de servicio televisivo, y máximo una página en los periódicos tamaño tabloide cada día durante la campaña.

Oblitas aclaró que en estos casos el inicio de la averiguación administrativa será contra el autorizado por la organización política para contratar la publicidad y propaganda y no contra el medio de comunicación. Caso contrario a lo que ocurrirá con las averiguaciones administrativas que se iniciarán contra VTV, por la presunta realización de propaganda electoral por cuenta propia, y contra el diario Correo del Orinoco, por el uso de la imagen de uno de los candidatos presuntamente sin su autorización. Ambos comportamientos están expresamente prohibidos en la normativa.

El Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales establece el debido proceso en el caso de la apertura de averiguaciones administrativas. Los presuntos infractores tendrán cinco días hábiles siguientes a su notificación para presentar los alegatos y las pruebas en su defensa. Transcurrido este lapso, la Comisión de Participación Política y Financiamiento tendrá diez días hábiles para elaborar el informe final con su correspondiente “proyecto de decisión”, que deberá ser presentado ante el Consejo Nacional Electoral dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Símbolos patrios fuera de la campaña

La vicepresidenta informó al país respecto a la pretendida intención de uno de los comandos de campaña de desacatar la autoridad del Poder Electoral insistiendo en el uso de los símbolos patrios en los actos de campaña.

Anunció que en la próxima sesión analizarán una pieza publicitaria que comenzó a ser difundida este jueves, donde el candidato Henrique Capriles Radonski aparece aún con la gorra de la bandera de Venezuela, y recordó que el CNE ya ha hecho dos exhortos a su comando de campaña por el uso de indumentaria con los símbolos patrios y ven con preocupación la inobservancia al llamado del Poder Electoral.

Recordó que el CNE ya hizo llamados de atención sobre el uso de indumentaria con la bandera nacional en actos proselitistas y piezas de campaña a ambos comandos, pero ha sido desatendido por uno de ellos. “Este Poder Electoral es la única autoridad constitucional que puede evaluar y hacer seguimiento a la campaña electoral, y en consecuencia determinar cuáles elementos constituyen un acto de violación a la ley y cuáles no”, afirmó.

El artículo 204 del reglamento electoral prohíbe la utilización de los símbolos patrios o los próceres de la nación, así como la contratación de propaganda por personas distintas a las autorizadas y la propaganda que utilice el nombre o la imagen de un ciudadano o ciudadana sin su consentimiento. Quienes incumplan las regulaciones previstas en este artículo podrían ser sancionados con una multa estipulada entre 5 mil y 7 mil unidades tributarias.