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06 de marzo de 2006
HASTA EL 15 DE MARZO PARTIDOS POLÍTICOS PODRÁN RENDIR CUENTAS DE LA CAMPAÑA ELECTORAL PARLAMENTARIA
* El CNE extendió el plazo para que las organizaciones con fines políticos presenten cuentas del financiamiento de la campaña electoral de los comicios parlamentarios del 4 de diciembre * Igualmente, se recuerda a las organizaciones políticas nacionales y regionales que hasta el 31 de este mes tienen plazo para la rendición de cuentas del financiamiento ordinario del año 2005

El Consejo Nacional Electoral extendió, hasta este 15 de marzo, el período para que sea presentada la relación de ingresos y egresos generados por concepto de la campaña electoral de candidatos, organizaciones con fines políticos, grupos de electores y agrupaciones de ciudadanos, durante la jornada comicial parlamentaria.

 

Dado que este trámite debe realizarse dentro de un lapso de sesenta (60) días continuos, contados a partir del día siguiente a la fecha de celebración de los comicios, el CNE estimó pertinente otorgar una prórroga para que presenten las cuentas del financiamiento de la campaña electoral ante la Oficina Nacional de Financiamiento o ante la Oficina Regional Electoral correspondiente.

 

En tal sentido, las organizaciones con fines políticos deberán consignar ante la oficina que le corresponda un juego de libros de contabilidad (diario, mayor, inventario y balance), con los ingresos y gastos ocurridos durante la contienda electoral de diciembre 2005, con sus respectivos soportes contables. Para los casos de alianzas, el registro contable deberá llevarse en forma separada por cada uno de los integrantes de la misma.

 

A los fines de dar cumplimiento a la rendición de cuentas del financiamiento de la campaña electoral, los candidatos, las organizaciones con fines políticos, grupos de electores y agrupaciones de ciudadanos deberán presentar:

 

a) Los libros contables actualizados.

 

b) Los documentos de soporte de los asientos contables, en original y tres (3) copias.

 

c) Los estados de cuenta emitidos por las entidades bancarias donde se aperturaron las cuentas, en original y tres (3) copias, con sus respectivas conciliaciones bancarias.

 

d) Los estados financieros, balance general y estados de ingresos y egresos; balance personal en el caso de los candidatos, con sus respectivos detalles, firmados por un contador colegiado, el responsable de las finanzas y el representante legal o promotores.

 

Recibidos estos recaudos la Oficina Nacional de Financiamiento procederá a la revisión, inspección, análisis, conformación, investigación y recolección de pruebas, para determinar la veracidad de las cuentas vaciadas en los libros contables para la elaboración de un informe.

 

Presentados los informes referidos, el Consejo Nacional Electoral determinará sí se han cometido infracciones y, en atención al grado de éstas, podrá imponer una multa que oscilará entre quinientas (500) a mil (1.000) Unidades Tributarias.

 

Hasta el 31 de marzo podrán rendir gastos ordinarios de 2005

Igualmente, se recuerda a las organizaciones políticas nacionales y regionales que hasta el 31 de este mes tienen plazo para la rendición de cuentas del financiamiento ordinario, correspondiente al ejercicio fiscal 2005, de acuerdo a lo establecido en los artículos 2 y 9 del reglamento para el control de financiamiento ordinario de las organizaciones con fines políticos y del financiamiento de las campañas electorales.

 

Tal y como lo establece la norma, dichas organizaciones deben presentar la relación de ingresos y egresos generados de todo aporte o contribución en dinero o especie, que se materialice bajo la forma de mutuo, donación, comodato o cualquier acto o contrato a título gratuito, así como el desembolso en que se incurra para el financiamiento de actividades que no estén incluidas en campaña electoral.