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21 de junio de 2012
Regulará los tres meses de campaña
Aprobado Reglamento Especial para la campaña electoral presidencial
*Se autorizó la contratación diaria de hasta 3 minutos para televisoras, 4 para las radios, media página en periódicos tamaño estándar y una página completa en tamaño tabloide y tres mensajes de texto semanales; en todos los casos no acumulables * La campaña electoral inicia a las 6:00 am del 1 de julio y culmina a la medianoche del 4 de octubre

Este jueves, las autoridades del Consejo Nacional Electoral aprobaron en sesión el Reglamento Especial sobre la Campaña Electoral para la Elección Presidencial del 07 de octubre, que regulará las actividades proselitistas de las candidatas y los candidatos presidenciales desde las 6:00 de la mañana del 1 de julio hasta la medianoche del 04 de octubre, tal como lo establece el cronograma electoral.

El reglamento especial de campaña, enmarcado en el Reglamento General de Elecciones, establece las condiciones en las cuales las candidatas y los candidatos podrán contratar propaganda electoral en los medios de comunicación social públicos y privados.

Radio, prensa, televisión y mensajería de texto

Cada candidato o candidata podrá contratar propaganda electoral en cada televisora nacional o regional por un tiempo máximo de 3 minutos diarios, no acumulables. Los prestadores de servicios de televisión por suscripción podrán emitir propaganda electoral sin superar los 3 minutos diarios en cada canal.

Por su parte, las empresas radiodifusoras del ámbito nacional y regional podrán transmitir mensajes propagandísticos de los candidatos y las candidatas por un tiempo máximo de 4 minutos diarios, no acumulables. En el caso de los periódicos de circulación nacional, regional y local, cada candidato dispondrá de un espacio máximo de media página para el tamaño estándar y  una página para los tabloides, por día, igualmente, no acumulable.

También podrán contratar la difusión de propaganda electoral a través de mensajería de texto. A través de operadoras de telefonía celular. Se permitirá un máximo de tres mensajes semanales, no acumulables.

Entre el 25 y el 29 de junio, las organizaciones con fines políticos deberán informar por escrito a la Comisión de Participación Política y Financiamiento los datos de las personas naturales o jurídicas autorizadas para contratar propaganda electoral ante los medios de comunicación.

Testigos en Pon tu Huella

En la sesión de este jueves, también se aprobó la acreditación de testigos de las organizaciones con fines políticos postulantes en los puntos de actualización de trazas dactilares durante la jornada Pon tu Huella, que inicia este viernes 22 de junio en todo el país.

 

Artículo 84. El Consejo Nacional Electoral dispondrá gratuitamente de un  espacio de hasta cinco minutos diarios en los prestadores de servicios de radio y televisión abierta y por cable, así como con una página diaria en prensa escrita de circulación nacional, regional o local con el objeto de difundir mensajes relativos al proceso electoral.