Características de los Sistemas Electorales en Venezuela
Introducción
Los Sistemas Electorales en Venezuela han sufrido importantes
transformaciones, especialmente desde 1989, año en que se efectúan las
primeras elecciones de Gobernadores de Estado (designados hasta esa
fecha por el Presidente de la República) y Alcaldes Municipales (Las
funciones ejecutivas eran asumidas por el Presidente del Concejo
Municipal), y se cambia el Sistema de Elección de Concejales (de
Representación Proporcional a través de Listas Cerradas y bloqueadas a
uno Proporcional denominado Sistema Preferencial de Listas Abiertas).
Tenemos que a partir de ese momento y hasta el año 2000 se produjeron
múltiples modificaciones e innovaciones, entre las cuales destacan:
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Cambio del Sistema de Elección
para Diputados al Congreso y a las Asambleas Legislativas
(Representación Proporcional Personalizada), y Concejales
(Sistema de Representación Proporcional Personalizada con
variaciones entre sí y con respecto a los utilizados para
Diputados al Congreso y Asambleas Legislativas en 1992, 1993,
1995 y 1998 (Elecciones 1992 y 1995)
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Conformación de las
Circunscripciones Electorales para Cuerpos Deliberantes
(Elecciones 1992, 1993, 1995 y 1998)
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Sistemas de Votación (Listas
Cerradas y Bloqueadas, Sistema de Doble Voto (diferentes
modalidades), Voto Múltiple, Voto Múltiple Limitado)
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Instrumentos de Votación (de
tipo único fraccionable, único, libros de votación (Elecciones
de Concejales 1989), para el proceso de escrutinio
automatizado), entre otros.
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En la presente sección usted podrá hallar las principales
características de los componentes fundamentales de los sistemas
electorales aplicados en Venezuela en las elecciones de Julio y
Diciembre 2000 (a realizarse en Mayo 2000, y que por decisión del
Tribunal Supremo de Justicia, fueron postergadas y separadas), las
cuales tuvieron como principal marco normativo la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela (1999), el Estatuto Electoral del
Poder Público (2000), emanado por el Asamblea Nacional Constituyente,
la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (1997, con
modificación parcial en 1998) (de manera supletoria) y las normas
reglamentarias emanadas por el Consejo Nacional Electoral.
Los cargos definidos son: Presidente de la República, Representantes a
los Parlamento Andino y Latinoamericano, Diputados a la Asamblea
Nacional, Gobernadores de Estado, Diputados a los Consejos
Legislativos Estadales, Alcaldes Municipales, Concejos Municipales,
Miembros de Juntas Parroquiales, Alcalde Metropolitano (y Alcaldes de
los Municipios que integran el Distrito Metropolitano) y Concejo
Metropolitano.
Como variables consideradas tenemos: Naturaleza del cargo, ámbito,
número de integrantes (en caso de cuerpos deliberantes), período de
mandato, posibilidad de reelección, condiciones de elegibilidad,
sistema de votación, sistema de adjudicación, candidaturas
(principales y suplentes), entes postulantes y simultaneidad
electoral.
Cargos
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