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Resolución  N° 031015-529


 

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

RESOLUCIÓN N° 031015-529

Caracas, 15 de octubre de 2003

193° y 144°

 

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 293.5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Disposición Transitoria Octava, eiusdem, en concordancia con el artículo 33.1 de la Ley Orgánica del Poder Electoral, y de conformidad con la Resolución N° 030925-465 del 25 de septiembre de 2003, contentiva de las Normas para Regular los Procesos de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.784 del 26 de septiembre de 2003 y en la Gaceta Electoral N° 175 del 26 de septiembre de 2003,

 

CONSIDERANDO

 

Que el Directorio del Consejo Nacional Electoral mediante Resolución N° 031001-515, del 01 de octubre de 2003, admitió la solicitud para iniciar el procedimiento de convocatoria de referendo revocatorio del mandato del ciudadano HUGO CHÁVEZ FRÍAS, electo Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, que fuera presentada por varias organizaciones con fines políticos que integran la denominada COORDINADORA DEMOCRÁTICA;

 

CONSIDERANDO

 

Que el Directorio del Consejo Nacional Electoral admitió varias solicitudes para iniciar el procedimiento de convocatoria de referendo revocatorio de los mandatos de diputados a la Asamblea Nacional, que fueran presentadas por varias  organizaciones con fines políticos integrantes de la denominada COORDINADORA DEMOCRÁTICA;

 

CONSIDERANDO

 

Que a tenor de lo previsto en el artículo 21 de la Resolución N° 030925-465 del 25 de septiembre de 2003, contentiva de las Normas para Regular los Procesos de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular, es deber del Consejo Nacional Electoral fijar la fecha para la recolección de firmas, de acuerdo con el procedimiento previsto en la mencionada Resolución;

 

RESUELVE

 

ÚNICO.- Fijar como fecha de inicio para efectuar la recolección de firmas relativas a las solicitudes de convocatoria de referendo revocatorio del mandato del Presidente de la República y de diputados a la Asamblea Nacional, iniciadas por las distintas organizaciones con fines políticos que integran la denominada COORDINADORA DEMOCRÁTICA, el día 28 de noviembre de 2003.

 

 

Resolución aprobada por el Consejo Nacional Electoral en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2003.

 

 

Comuníquese y Publíquese,

 

 

FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ

PRESIDENTE

 

 

     EZEQUIEL ZAMORA                              JORGE RODRÍGUEZ GÓMEZ

     VICE-PRESIDENTE                           RECTOR ELECTORAL PRINCIPAL

 

 

 

OSCAR BATTAGLINI GONZÁLEZ                          SOBELLA MEJÍAS LIZZETT  

RECTOR ELECTORAL PRINCIPAL          RECTORA ELECTORAL PRINCIPAL

 

 

 

WILLIAM PACHECO MEDINA

SECRETARIO GENERAL